Publicado por Mario Mansilla en 23 Octubre, 2007
Apreciables alumnos del los grados de tercero básico, cuarto bachillerato y cuarto gerencia que no promovieron las clases de Contablilidad General, Literatura Universal y Contabilidad Aplicada respectivamente, se les informa que los trabajos de recuperación son los siguientes:
HACER CLICK EN LOS SIGUIENTES LINKS
Contablilidad General Tercero Básico.
Contabilidad Cuarto PGA
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Publicado por Mario Mansilla en 27 Julio, 2007
La ley nos da ciertos porcentajes que hay que aplicar para la arealización del proceso contable, que no podemos dejar pasar desapercibidos así que al tener duda puede consultar la siguiente tabla de porcentajes:
- Depreciación de Mobiliario y Equipo 20 %
- Depreciación de Edificios 5 %
- Depreciación de Maquinaria 20 %
- Depreciación de Equipo de Computación 33.33 %
- Depreciación de Herramientas 25 %
- Depreciación de Vehículos 20 %
- Amortización Derecha de llave 10 %
- Amortización Marcos y Patentes 20 %
- Amortización Gastos de Instalación 20 %
- Amortización Gastos de Organización 20 %
- Reserva Para Cuentas Incobrables 3 %
- Reserva Legal 5 %
- Impuesto Sobre la Renta 31 %
- Impuesto Sobre Inmuebles 9 %o (por millar)
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Publicado por Mario Mansilla en 27 Julio, 2007
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Publicado por Mario Mansilla en 20 Julio, 2007
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Publicado por Mario Mansilla en 5 Marzo, 2007
Para los alumnos amantes de la contabilidad, a continución se les proporciona un link que los llevará a un Catálogo de Términos Contables, al estar en él, haz click en la letra de color para que proporcione las definiciones que buscas.
- DICCIONARIO CONTABLES
- CATALOGO CONTABLE
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Publicado por Mario Mansilla en 27 Febrero, 2007
Ley de Bonificación Incentivo para los Trabajadores del Sector Privado (Decreto 78-89)
“Artículo 1. Se crea la bonificación-incentivo para los trabajadores del sector privado, con el objeto de estimular y aumentar su productividad y eficiencia.
Artículo 2. La bonificación por productividad y eficiencia deberá ser convenida en las empresas de mutuo acuerdo y en forma global con los trabajadores y de acuerdo con los sistemas de tal productividad y eficiencia que se establezcan. Esta bonificación no incrementa el valor del salario para el cálculo de indemnizaciones o compensaciones por tiempo servido, ni aguinaldos, salvo para cómputo de séptimo día, que se computará como salario ordinario. Es gasto deducible para la determinación de la renta imponible del impuesto sobre la renta, en cuanto al trabajador no causará renta imponible afecta. No estará sujeta ni afecta al pago de las cuotas patronales ni laborales del IGSS, IRTRA e INTECAP, salvo que patronos y trabajadores acuerden pagar dichas cuotas.
Artículo 3. Por su naturaleza, la bonificación-incentivo a que se refiere esta ley, no constituye ni sustituye el salario mínimo ya establecido o que se establezca de acuerdo a la ley, a los salarios ya acordados o a otros incentivos que estén beneficiando ya a los trabajadores de una empresa o centro de trabajo.
Artículo 4. La parte patronal está obligada a cumplir con la presente ley en el curso del siguiente mes en que entre en vigor la misma. Las autoridades de trabajo estarán encargadas de su cumplimiento y aplicarán las sanciones legales contenidas en el Código de Trabajo por su incumplimiento.
(….)
Artículo 7 (*). Se crea a favor de todos los trabajadores del sector privado del país, cualquiera que sea la actividad en que se desempeñen, una bonificación incentivo de DOSCIENTOS CINCUENTA QUETZALES (Q. 250.00) que deberán pagar sus empleadores junto al sueldo mensual devengado, en sustitución de la bonificación incentivo a que se refieren los decretos 78-89 y 7-2000, ambos del Congreso de la República. Esta bonificación no afecta los derechos adquiridos de los trabajadores, los salarios mínimos establecidos o que se establezcan en el futuro y, por su naturaleza, es independiente de cualquier incremento en el salario que los empleadores hubieren concedido o tengan previsto conceder a sus trabajadores, por cualquier concepto, y no limita el derecho de éstos a obtener mejoras salariales a través de la negociación colectiva o mediante la celebración de pactos colectivos de condiciones de trabajo.”TOMADO DE: LEY LABORAL.COM
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Publicado por Mario Mansilla en 25 Enero, 2007
Alumno de Tercero básico “A”, “B” y Cuarto Gerencia, para ampliar los continidos vistos en clase a cerca de la contabilidad, se le presentan los siguientes links que le proporcionan información sobre los temas impartidos en el periodo de clase de contabilidad.
Haga click a quí:
LA CONTABILIDAD
CONCEPTOS
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Publicado por Mario Mansilla en 25 Enero, 2007
CODIGO DE COMERCIO
Visite la siguiente página y lea los primeros veinticinco artículos, que serán comentados en clase el próximo lunes 19 de febrero, en el período de clase.
Si en dado caso, usted tiene el Código de Comercio, puede llevarlo a clase y usarlo como material de apoyo.
CODIGO DE COMERCIO
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Publicado por Mario Mansilla en 24 Enero, 2007
PASIVO O ACTIVO
FRIJOL Y TORTILLA
Frijol llama por teléfono a su amigo Tortilla y le pregunta. -¿Vos sos Pasivo o Activo?
y el cuate le contesta: -No sé, vos: a mí nunca me entró la contabilidad.
Autor: Fock
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